Radio La Primerísima 05/12/2024
Las transacciones realizadas con tarjetas de crédito, débito, entre otras, dentro del territorio nacional deberán liquidarse exclusivamente en córdobas, incluso cuando estén denominadas en moneda extranjera, señala una circular dada a conocer este miércoles por el Banco Central.
Señala que, cuando las transacciones con tarjetas se realicen fuera del territorio nacional o en comercios en línea no domiciliados en el país, se cargarán en la moneda extranjera correspondiente y se reflejarán en dólares; y su pago se realizará en córdobas o en dólares, según la preferencia del cliente.
La circular fue dirigida a las instituciones emisoras de tarjetas de crédito, tarjetas de débito y otras tarjetas de pago, procesadores de pagos con tarjetas, bancos adquirentes y agregadores de pagos que operan en Nicaragua.
El BCN explica que esto es en conformidad con la Resolución adoptada por su Consejo Directivo el 28 de noviembre del 2024.
A continuación, el texto de la circular:
Banco Central de Nicaragua
Circular
Disposiciones para la liquidación de pagos mediante tarjetas en Nicaragua
Dirigida a: Instituciones emisoras de tarjetas de crédito, tarjetas de débito y otras tarjetas, procesadores de pagos con tarjetas, bancos adquirentes y agregadores de pagos que operan en Nicaragua
- Disposición General
Todos los pagos que se liquiden en Nicaragua mediante tarjetas de crédito, tarjetas de débito y cualquier otro tipo de tarjetas, físicas y electrónicas, deberán ser efectuados en la moneda nacional, el córdoba (C$), aun cuando estén referidos en moneda extranjera.
- Ámbito de Aplicación
Instituciones: Aplica a todas las instituciones emisoras de tarjetas, procesadores de pagos con tarjetas, bancos adquirentes y agregadores de pagos que operan en Nicaragua.
Tipos de Tarjetas: Tarjetas de crédito, débito, prepagadas, físicas y electrónicas, emitidas tanto por emisores nacionales como extranjeros.
Territorio: Aplica exclusivamente a transacciones dentro del territorio nacional.
- Transacciones con tarjetas
3.1 Transacciones Nacionales:
- Todas las transacciones realizadas con tarjetas dentro del territorio nacional deberán liquidarse exclusivamente en córdobas.
- Esta disposición aplica indistintamente si las tarjetas fueron emitidas por emisores nacionales o extranjeros.
3.2 Transacciones Internacionales
- Los pagos realizados con tarjetas emitidas por emisores nacionales, fuera de Nicaragua, o en línea, a comercios no domiciliados en el país, deberán liquidarse conforme a los acuerdos de intercambio establecidos con las redes de tarjetas.
- Configuración de canales de pagos
- Sistemas de punto de venta. Los sistemas de punto de venta deberán configurarse para procesar dentro del territorio nacional, únicamente pagos en córdobas.
- Pasarelas de pagos online. Las pasarelas de pagos online para comercio electrónico dentro del territorio nacional deberán configurarse para procesar únicamente pagos en córdobas en transacciones locales.