La Prensa 24/08/2021
El Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial (CNACJ) de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), a través del Acuerdo 534, informó a abogados que creará una herramienta digital llamada «Publicaciones judiciales». La iniciativa intentará resolver el vacío que dejó la falta de circulación de medios de comunicación a nivel nacional, pero que es criticada por juristas que consideran que el poder judicial está reformando las leyes mediante acuerdos administrativos.
«Hemos dispuesto que en el portal web del poder judicial, al que se tiene acceso desde cualquier buscador en internet, se creará una herramienta digital llamada Publicaciones judiciales que incluirá edictos, avisos legales, sentencias, carteles y cualquier otra publicación ordenadas por las materias: civil, mercantil, laboral, familia y penal», informa el acuerdo publicado este lunes.
Asimismo el acuerdo señala que se creará «un plan de divulgación de los edictos, avisos….. en el portal web del poder judicial» dirigido a los usuarios «de la justicia civil, abogadas, abogados litigantes, población en general, en los diferentes medios de comunicación, de acuerdo a la disponibilidad y capacidad institucional».
El acuerdo con fecha del 19 de agosto es firmado por Rubén Montenegro, secretario de la CSJ y señala que «será de obligatorio cumplimiento a partir de su publicación».
LA PRENSA intentó contactar a Roberto Larios, jefe de Relaciones Públicas de la CSJ, para conocer detalles de la iniciativa del poder judicial, pero no respondió las llamadas ni los mensajes.
El pasado 18 de agosto, la Asociación de Abogados de Nicaragua (Aboganic) reclamó una respuesta a la Corte Suprema de Justicia ante la problemática de que no se pueden publicar edictos, tras el cese de la circulación de LA PRENSA, único periódico impreso de Nicaragua de circulación nacional.
«A la mayoría del gremio la respuesta que está dando la Corte Suprema de Justicia no nos satisface porque es confusa aún la circular, la verdad que es un problema histórico que hemos tenido con la Corte porque publica circulares o acuerdos en los cuales reforma artículos del código o de las leyes; lamentablemente a la página web de la Corte no tiene acceso todo mundo a ella», cuestionó Marvin Bonilla, presidente de la Asociación de Abogados de Nicaragua (Aboganic).
«Lo que debería hacer el poder judicial es solicitar a la Asamblea Nacional que reforme las leyes, pero como aquí se legisla con circulares, así se ha venido violando la Constitución y las leyes, lamentablemente es lo que sucede y sea legal o no, tenemos que hacer lo que ellos dicen, si no no avanzamos. Las leyes en las diferentes materias dicen que los edictos judiciales se deben publicar en cualquier medio de comunicación de circulación nacional y no a través de una página web», indicó por su parte el abogado Óscar Vargas.
Las leyes en las diferentes materias estipulan que los edictos se deben publicar en medios de comunicación de circulación nacional, sin embargo, desde el 13 de agosto, el único medio de circulación nacional, el Diario LA PRENSA, dejó de circular luego de la falta de respuesta por parte de la Dirección General de Aduanas sobre la retención de materia prima. Ese mismo día, el local del medio de comunicación fue allanado por la Policía y aún permanece en resguardo de los uniformados, tras la acusación de supuesta defraudación aduanera y lavado de dinero contra el medio de comunicación.
Horas después del allanamiento, el Ministerio Público informó de la detención judicial por 90 días del gerente general de LA PRENSA, Juan Lorenzo Holmann, investigado por los supuestos delitos de defraudación aduanera y lavado de dinero.
«Bajo los principios de publicidad y acceso a la justicia y para garantizar que las actuaciones procesales tutelen los derechos de la población en general, que pudiesen verse afectados por procesos judiciales que requieran una publicación nacional, el CNACJ, tomando en cuenta que existen diversas formas de publicación digital y de difícil acceso a la información por parte de la población, ve la imperiosa necesidad de brindar respuesta que sea tecnológicamente ordenada, accesible y seguro tanto para las autoridades judiciales como para la población en general», indica parte del Acuerdo.
Críticas a procedimiento
«Ellos (el poder judicial) están cayendo y han venido cayendo desde hace mucho rato en reformar la ley a través de una circular administrativa, porque la ley te establece que la publicación de edictos debe hacerse en un diario de circulación nacional y ellos están reformando la ley, ya que la ley no dice que se deben publicar los edictos en una página web. En este caso ni la misma Gaceta serviría para publicar los edictos porque no es un medio de circulación masiva», cuestionó un abogado que solicitó el anonimato por temor a represalias del régimen.
A partir del 31 de mayo de 2019, el poder judicial autorizó la implementación del «Tablero electrónico de edictos» que está en su portal web para la publicación de edictos como notificación o citación, extracto de solicitud de pretensión posesoria, de subasta, admisión de solicitud de guardador provisional, llamamiento al ausente, solicitud en extracto de título supletorio, y solicitud de declaratoria de herederos, entre otros.
El artículo 145 del Código Procesal Penal relacionado con la «Notificación por edictos» señala: «Cuando se ignore el lugar donde se encuentre la persona por ser notificada, de oficio o a solicitud de parte, el juez solicitará a la Oficina de Cedulación que corresponda, informe acerca del domicilio que dicha persona tiene registrado. Asimismo y de ser necesario se oficiará a la Dirección General de Migración para que informe sobre su salida al exterior o presencia en el país. Con la información obtenida, si es posible, se procederá a efectuar la notificación.
Si a pesar de lo anterior no se logra obtener el domicilio de la persona que deba ser notificada, la resolución se le hará saber por edictos publicados en medios escritos de comunicación social de circulación nacional, con cargo al presupuesto del poder judicial cuando se trate de causas por delitos de acción pública.
Acceso a internet
Vargas, aunque no precisó una cifra, considera que un buen porcentaje de la población no tiene acceso permanente a internet y tampoco tiene el conocimiento para usar la tecnología, por lo que no podrían consultar la información en el sitio web del poder judicial. LA PRENSA trató de consultar a la Cámara Nicaragüense de Internet y Telecomunicaciones (Canitel) para conocer datos sobre el acceso a internet, pero no fue posible obtener respuesta.
Sin embargo, hasta el 2018 Canitel estimaba que habían 8.3 millones de dispositivos digitales circulando en el país, pero que solo 1.2 millones tienen conexión diaria a internet. Manuel Díaz, experto en marketing digital, considera que en Nicaragua hay desafíos para incrementar el acceso a internet y se debería abrir más el mercado a proveedores de este servicio. “Hoy en día se supone que Nicaragua anda aproximadamente por el 90 por ciento de potencial de cobertura de internet a nivel nacional, eso no significa que todo mundo tiene internet, significa que si vos tenés un teléfono, podés tener internet casi en toda Nicaragua”, enfatizó.