Despacho 505/16 de junio de 2022

La Asamblea Nacional aprobó este miércoles una reforma al artículo 21 de la Ley 290 (Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo) por medio de la cual le concede al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la función de otorgar los beneficios e incentivos fiscales.

La iniciativa fue presentada por el diputado Gustavo Porras, quien también es el presidente de la Junta Directiva del Parlamento y fue aprobada por 89 votos a favor. La reforma fue presentada con carácter de urgencia, y por tanto, no fue consultada con los diversos sectores económicos.  

El inciso J, del artículo 21 con sus reformas, señala que Hacienda tiene la función de “coordinar, convocar, preparar el contenido, presentar agenda y presidir las comisiones sectoriales o juntas de incentivos existentes y las que sean creadas por las diferentes leyes del ordenamiento jurídico nicaragüense, para el otorgamiento de beneficios o incentivos fiscales”.

El diputado orteguista Wálmaro Gutiérrez, el único que tomó la palabra en la discusión, al justificar la reforma, manifestó que el Ministerio de Hacienda es parte de algunas de las muchas juntas del sector público que otorgan incentivos fiscales por medio de la Ley de Concertación Tributaria y que la inclusión de esta nueva atribución fortalece “el sistema y garantizando que los incentivos sean efectivamente otorgados a quienes los necesitan y para quienes van dirigidos”.

Apuntó que Hacienda no puede ser un simple “integrante” de esas juntas y que la institución «debe asumir la presidencia de estas juntas de incentivos y prácticamente gobernar, ejercer control dentro de todas estas juntas de incentivos en cualquiera de las instituciones donde existan para garantizar de que estos incentivos sean efectiva y correctamente otorgados en base a la Constitución y la Ley, un incentivo es un costo fiscal”.

AMPLÍA FACULTADES A HACIENDA

Un abogado experto en temas de derecho público consultado por DESPACHOS 505, y que pidió omitir su nombre por temor a represalias, señaló que esta reforma le otorga facultades administrativas, pero no decisorias. “Le están dando al Ministerio de Hacienda una competencia más amplia para administrar, pero con el vacío de que las decisiones al final serán tomadas por la Presidencia misma”, expuso el jurista, quien añade que se podrían poner en marcha criterios políticos para otorgar los incentivos.

El abogado mencionó su preocupación de esta reforma a la ley al igual que otras, fue aprobada sin consultar a los sectores como por ejemplo el Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep). Hasta antes de abril del 2018, el régimen de Daniel Ortega y la cúpula empresarial tenían una política de consenso y eran consultados para estos temas.

“Este Gobierno no deja opinar a nadie sobre la emisión de leyes, ni consultar. Lo que se demuestra con estos procedimientos es la autocracia que tiene este Gobierno”, manifestó el jurista.

“FORTALECER” AL MINISTERIO DE HACIENDA

Según la exposición de motivos dicha reforma pretende “fortalecer las facultades que corresponden al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y dinamizar la gestión administrativa en las distintas comisiones sectoriales o juntas de incentivos”.

Un economista que prefiere no revelar su nombre, declaró que le parece «sano» desde el punto de vista fiscal que esta función se centre en Hacienda ya que «va a permitir una mayor disciplina en el manejo de estos sistemas de incentivos».

«Creo que beneficiaría al país y por ende al sector privado en su manejo fiscal y la disciplina monetaria», apuntó el especialista económico. Señala que esta reforma puede estar enmarcada en las propuestas que ha hecho el Fondo Monetario Internacional (FMI), de racionalizar los incentivos fiscales.

La reforma elimina que el Ministerio de Hacienda sea el encargado de “formular y proponer las normas para la adquisición y proveeduría del sector público y supervisar su aplicación”, ya que, según Gutiérrez, esta función está contenida en la Ley de Contrataciones del Sector Público.

“La supresión de este literal en el artículo 21, de la Ley 290, lo que permite es dejar claro en donde exactamente se encuentran establecidas y reflejadas las disposiciones que controlan la adquisición y proveeduría en el sector público”, expuso el diputado orteguista.