100% Noticias 18/02/2025

La pareja dictatorial Daniel Ortega y Rosario Murillo enviaron a la Asamblea Nacional la Iniciativa de Ley de Inversiones Extranjeras, la cual establece la creación de la Comisión Nacional de Inversión Extranjera (CNIE). Este organismo estará encabezado por Laureano Ortega Murillo, hijo de los dictadores nicaragüenses y actual Asesor Presidencial para las Inversiones, Comercio y Cooperación Internacional, junto con el presidente del Banco Central de Nicaragua (BCN), Ovidio Reyes, el Ministro de Fomento, Industria y Comercio, Jesús Bermúdez, y el Director Ejecutivo de la Comisión Nacional de Zonas Francas.PUBLICIDAD

La iniciativa señala que la actual Ley No. 344 establece un Registro Estadístico de Inversiones Extranjeras, el cual es voluntario y tiene fines meramente estadísticos. Sin embargo, el régimen argumenta que es necesario modificar el marco normativo para fortalecer la promoción y registro de inversiones, supuestamente con el fin de mejorar la cuantificación de datos económicos y la coordinación interinstitucional.

Señalan que la Ley de Inversiones Extranjeras fortalecerá «la promoción, el fomento, la facilitación del proceso de registro de las inversiones y la formalización empresarial, para ampliar la cobertura de cuantificación de las cifras del país, mejorar la coordinación interinstitucional, generar información actualizada y pertinente para la promoción y seguimiento del establecimiento de la inversión extranjera contribuyendo al crecimiento económico, la competitividad, la generación de empleo, el bienestar social y ambiental de Nicaragua».

Crean CNIE 

La propuesta de Ley establece la creación de la Comisión Nacional de Inversión Extranjera (CNIE) la cual estará integrada por el Asesor Presidencial para las Inversiones, Comercio y Cooperación Internacional, el Presidente del Banco Central, Ministro de Fomento, Industria y Comercio, así como por el Director Ejecutivo de la Comisión Nacional de Zonas Francas.

Con esta iniciativa se Establece el registro obligatorio de todas las Inversiones Extranjeras en el país; y para efectos de la Inversión Estratégica, el MIFIC será la instancia de facilitación para la implementación de un modelo de gestión que concentre y simplifique la tramitología del registro de inversiones y su formalización empresarial.

Además se incorpora el seguimiento de las Inversiones Extranjeras, «el MIFIC tendrá una gestión articulada con la Secretaría de Promoción de Inversiones y Exportaciones (SPIEX), el Banco Central de Nicaragua (BCN) Y la respectiva autoridad rectora sectorial según el tipo de inversión, lo cual permitirá un control de todas las fases de la gestión de inversión extranjera en el país».

Atribuciones de la CNIE

En el Artículo 5, la proyecto de Ley establece las funciones de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (CNIE), entre ellas están: Fungir como el Autoridad competente de Aplicación de la presente ley, Resolver sobre las solicitudes de Inversiones Estratégicas, Ejercer las funciones de gobernanza direccionamiento estratégico en el ámbito de las Inversiones Extranjeras de conformidad al Plan Nacional de Lucha contra la Pobreza y para el Desarrollo Humano y la Estrategia Nacional de Promoción de Inversiones y Exportaciones.

Entre otras funciones esta que deben de presentar para aprobación de la Presidencia de la República: Acciones de articulación interinstitucional para la implementación de la Estrategia Nacional de Promoción de Inversiones y Exportaciones, Mejoras al marco normativo aplicable a las Inversiones Extranjeras para el desarrollo de un entorno favorable de las mismas, entre otros.

Señalan que la Secretaría de Promoción de Inversiones y Exportaciones (SPIEX) fungirá como Secretaría Técnica de la CNIE.

Impacto en inversionistas

El Artículo 9 de la ley establece que cualquier inversión extranjera que desee acceder a incentivos fiscales deberá obtener el Registro Único de Inversiones Extranjeras (RUIE), emitido por el MIFIC.

En el Artículo 13 sobre las «Obligaciones» del inversionista extranjero, señalan que está obligado a presentar informes trimestrales de cumplimiento del plan de inversión ante las instituciones rectoras sectoriales.

También obliga al inversor a proporcionar al Banco Central de Nicaragua, para “fines estadísticos”, toda la información que este requiera para el seguimiento y evolución de la Inversión Extranjera en Nicaragua, la cual incluirá, entre otras: estados financieros y sus anexos, monto de lo invertido, ingresos y egresos desde y hacia el exterior, endeudamiento interno y externo, e indicadores de producción, precios, salarios y empleo generados.

Además, el Artículo 19 ordena que todas las inversiones extranjeras ya operando en el país deberán registrarse ante el MIFIC en un plazo de 120 días tras la entrada en vigencia de la ley.

La iniciativa también deroga normativas previas, como el Decreto Ejecutivo No. 055-2006, que creó la Ventanilla Única de Inversiones (VUI), y la Ley No. 344 de Promoción de Inversiones Extranjeras, vigente desde el año 2000.